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Cuenta CTS

Cuenta CTS

Tu dinero seguro y ganando intereses.

Depósitos que por ley le corresponden a todo trabajador como beneficio social por el tiempo de servicio brindado a una empresa. Estos depósitos pueden ser en soles o dólares.

En BANCO GNB tu cuenta CTS estará en buenas manos porque te ofrecemos la seguridad y el respaldo que buscas a las mejores tasas.


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  • Beneficios

    1. Atractivas tasas de interés desde el primer día sin importar el monto del depósito.
    2. Sin monto mínimo de apertura.
    3. Cero costo de mantenimiento de cuenta.
    4. Retiros gratuitos ilimitados de tu saldo disponible en nuestras ventanillas.
    5. Acceso a la información de tu cuenta a través de nuestros canales de atención.
    6. Recibes una Tarjeta de Débito BANCO GNB Visa, con la que puedes realizar transacciones ilimitadas y sin costo.
    7. Depósitos cubiertos por el Fondo de Seguro de Depósitos. Consulta el Monto Máximo de Cobertura vigente en nuestra red de agencias o aquí .
    8. Transferencia de tu saldo disponible a tus cuentas a través de nuestra Banca por Internet.
  • ¿Cómo Adquirirlo?

    Requisitos:

    1. Original del Documento Oficial de Identidad, del (de los) titular (es) de la cuenta.
    2. Completar los documentos que el Banco solicite.
    3. Tu empleador nos tendrá que enviar una carta de instrucción indicando lo siguiente: Datos Personales: Apellidos y Nombres, Número de Documento Oficial de Identidad y moneda de la cuenta.
    4. En caso desees trasladar tu CTS a BANCO GNB, sólo necesitas tu Original del Documento Oficial de Identidad y llenar la solicitud de traslado. Una vez aperturada la cuenta, te solicitaremos completar documentos adicionales.

      Solicitud de Traslados de CTS - (PDF) 613KB - Descargar

    Para más información, acércate a cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional.

  • Preguntas Frecuentes

    ¿Qué es la CTS?

    1. Son las siglas de Compensación por Tiempo de Servicios; es un beneficio social que por ley corresponde a todo trabajador dependiente, por el tiempo de servicio brindado a una empresa, el cual sirve como fondo previsor en caso de cese de la relación laboral.

    ¿El trabajador puede disponer libremente de su CTS?

    1. Según la reglamentación actual, el trabajador puede disponer de un porcentaje de los abonos semestrales realizados por su empleador (saldo disponible).
    2. Asimismo, conforme a la Ley 28461, el trabajador podrá disponer del 80% del total de la CTS, en forma excepcional y por única vez, para financiar la adquisición, construcción, mejoramiento de vivienda o adquisición de terreno, debiendo cumplir con los requisitos según cada caso.

    ¿La moneda de la cuenta CTS es la misma moneda que la del pago de haberes?

    1. No, el trabajador decide la moneda y el banco donde se abrirá su cuenta CTS.

    ¿Cuál es el procedimiento para el traslado de la CTS?

    1. El cliente interesado deberá solicitar a su empleador el traslado de su cuenta CTS a otro banco.
  • Documentos

Banco GNB informa que, de acuerdo a la Ley 31143, Ley que protege de la usura a las consumidores de los servicios financieros (en adelante la “Ley”), la Circular Nº 0008-2021-BCRP, y el Oficio N° 21957-2021-SBS, se han establecido tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones de las empresas del sistema financiero en sus carteras de créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto (igual o menor a 2 Unidades Impositivas Tributarias) y créditos para las pequeñas y microempresas, así como modificar las tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones entre personas ajenas al sistema financiero, a partir del 10 de mayo de 2021. Asimismo, y de acuerdo a la Ley, a partir del 19 de marzo de 2021, las empresas del sistema financiero están prohibidas de realizar: el cobro de penalidades por incumplimiento de pago, comisión por endoso de póliza del seguro de desgravamen, comisión interplaza por retiro en cajeros automáticos, y la comisión de membresía de tarjeta de crédito deberá ser pactada previamente con el cliente. Las modificaciones antes mencionadas, así como otras adicionales, se encuentran en las normas al inicio citadas.