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Leasing

Leasing

Asesoría especializada y estructura de acuerdo a las necesidades de tu empresa.

Leasing permite a las empresas financiar a mediano plazo la adquisición de maquinarias, equipos, vehículos, oficinas, locales y otros activos fijos.

  • Beneficios

    1. Optimiza el flujo de caja de tu empresa.
    2. Genera beneficios Tributarios con relación al Impuesto a la Renta e IGV.
    3. Asesoría especializada permanente.
    4. Servicio ágil y eficiente.
    5. Estructura adecuada al flujo de caja de tu empresa.
    6. Posibilidad de financiar el seguro del bien dentro del plazo de la operación de leasing.
  • ¿Cómo Adquirirlo?

    Requisitos de Contratación::

    1. Declaración Jurada de pago de IGV (6 últimos meses).
    2. Flujo de caja proyectado.
    3. El periodo mínimo de operación de la empresa que solicita un financiamiento de leasing es de 3 años cerrados.
    4. Declaraciones Juradas del Impuesto a la Renta con los anexos completos - PDT (3 últimos años).
    5. EEFF del último corte trimestral.
    6. Detalle de la deuda financiera (cronograma de pagos).
    7. Presentación de otros documentos que el Banco solicite.

    Para más información, acércate a cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional.

  • Preguntas Frecuentes

    ¿Qué ventajas o beneficios tributarios obtengo a través de un leasing?

    1. Permite a la empresa diferir los pagos por concepto de Impuesto a la Renta e IGV favoreciendo su flujo de caja.

    ¿Puedo prepagar un leasing?

    1. Sí es factible, pero en caso el plazo resulte menor al indicado en la ley, la empresa deberá abonar al Fisco los montos diferidos por concepto de Impuesto a la Renta.

    ¿Qué tipo de bienes se pueden financiar a través de un Leasing?

    1. Todos aquellos bienes que califiquen como activos fijos (bienes muebles o inmuebles) que sean tangibles e identificables, como por ejemplo: camiones, automóviles, maquinarias, equipos, locales comerciales o industriales, entre otros. Estos bienes necesariamente deberán estar asegurados durante el plazo del contrato.

    ¿En un leasing la empresa paga doble IGV?

    1. No, el banco es quien paga el IGV al inicio por la compra del bien; pero el monto sobre el cual se calculan las cuotas es el Valor de Venta del bien (sin IGV). La empresa pagará el IGV de las cuotas de leasing y podrá utilizarlo como crédito fiscal.

    ¿Qué debo hacer si quiero vender un bien que está en leasing?

    Existen 2 alternativas:

    1. Pre-cancelar la operación y vender el bien, lo cual incluso se puede pactar con el banco para hacerlo simultáneamente, de manera que con el mismo dinero del comprador se pre-cancela la operación.
    2. La empresa cede su posición contractual al comprador, para ello el banco evaluará al comprador quien deberá calificar de acuerdo a las políticas crediticias del banco.
  • Documentos