Logo GNB SudamerisLogo GNB Sudameris
Convenios ONP

Convenio ONP

Fácil acceso y hasta 72 meses para pagar.

Es un crédito personal a condiciones preferentes que se otorga a pensionistas de la ONP y cuya modalidad de pago de cuotas es a través del descuento por planilla; es decir, ONP descuenta de la pensión el monto de la cuota antes de depositarla en la cuenta de ahorros del pensionista.

 
  • Beneficios

    1. Podrás obtener efectivo de libre disponibilidad y /o consolidar tus deudas en un solo crédito.
    2. Tienes hasta 72 meses para pagar (dependiendo de la edad al presentarse).
    3. Préstamos en soles desde S/ 1,000.
    4. No necesitas aval ni fiador.
    5. No te cobramos penalidades por pagos anticipados o cancelación total de la deuda.
    6. Contarás con un seguro de desgravamen que protegerá a tu familia cancelando la deuda en caso de fallecimiento o invalidez.
    7. Puedes presentar una póliza de otra compañía de seguros siempre y cuando esta póliza cuente con todos los requisitos y coberturas de la póliza ofrecida por el BANCO GNB. Al presentar una póliza de otra compañía de seguros, su revisión está sujeta a una comisión según el tarifario de BANCO GNB. (La comisión no aplica para el seguro desgravamen).

  • ¿Cómo Adquirirlo?

    1. Debes tener un ingreso neto individual por pensión desde S/ 390.
    2. Original del Documento Oficial de Identidad.
    3. Copia de la última boleta de pensión.
    4. Presentación de documentos que el Banco solicite.

    Requisitos para endosar el Seguro de Desgravamen

    1. Copia u original de la póliza completa a ser endosada (incluyendo condiciones generales, particulares y especiales).
    2. Endoso de cesión de derecho en original (Este documento te lo debe dar tu aseguradora)
    3. Copia del comprobante de pago de la póliza del seguro, por la cobertura de un año adelantado.

    Importante: Si el seguro de desgravamen es mancomunado, ambos asegurados deben presentar su póliza de vida.

    La póliza de vida endosada debe tener:

    1. Suma asegurada: Debe ser como mínimo por el monto del préstamo y/o saldo insoluto.
    2. Cobertura: Debe contar con las coberturas del desgravamen que son:
      1. Muerte Natural
      2. Muerte Accidental
      3. Invalidez Total y Permanente por Accidente
      4. Invalidez Total y Permanente por Enfermedad.

    Procedimiento:

    1. Para iniciar el proceso de endoso acércate a cualquiera de nuestras agencias con los documentos solicitados. Ante cualquier consulta, podrás comunicarte al 616-4722.
    2. El responsable de la atención validará que se cumplan todos los requisitos.
    3. Una vez realizada la evaluación, Banco GNB cuenta con un plazo máximo de hasta 20 días (desde que presentó su documentación completa) para poder remitir comunicación en caso la solicitud de endoso sea rechazado.

    Recuerda: Deberás entregar esta documentación en cualquiera de nuestras agencias.

    * Sujeto a evaluación crediticia.


  • Preguntas Frecuentes

    ¿Cuánto dinero puedo solicitar en un Crédito por Convenio?

    1. Puedes solicitar desde S/ 1,000 hasta S/80,000, dependiendo de tu capacidad de endeudamiento.

    Tengo deudas en otros bancos y quisiera contar con una sola deuda, ¿se pueden realizar compras de deudas?

    1. Efectivamente, a través del Crédito por Convenio puedes consolidar tus deudas de una forma segura; nosotros nos encargamos de pagar tus deudas con otros bancos.

    ¿Puedo cancelar anticipadamente mi deuda?

    1. Sí, el cliente tiene que solicitar un formato de liquidación vía Banca Telefónica y recogerlo en las Agencias de BANCO GNB.

  • Documentos

 
 

Banco GNB informa que, de acuerdo a la Ley 31143, Ley que protege de la usura a las consumidores de los servicios financieros (en adelante la “Ley”), la Circular Nº 0008-2021-BCRP, y el Oficio N° 21957-2021-SBS, se han establecido tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones de las empresas del sistema financiero en sus carteras de créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto (igual o menor a 2 Unidades Impositivas Tributarias) y créditos para las pequeñas y microempresas, así como modificar las tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones entre personas ajenas al sistema financiero, a partir del 10 de mayo de 2021. Asimismo, y de acuerdo a la Ley, a partir del 19 de marzo de 2021, las empresas del sistema financiero están prohibidas de realizar: el cobro de penalidades por incumplimiento de pago, comisión por endoso de póliza del seguro de desgravamen, comisión interplaza por retiro en cajeros automáticos, y la comisión de membresía de tarjeta de crédito deberá ser pactada previamente con el cliente. Las modificaciones antes mencionadas, así como otras adicionales, se encuentran en las normas al inicio citadas.