Cuentas
Cuenta CTS
Tu dinero seguro y ganando intereses.
Depósitos que por ley le corresponden a todo trabajador como beneficio social por el tiempo de servicio brindado a una empresa. Estos depósitos pueden ser en soles o dólares.
En BANCO GNB tu cuenta CTS estará en buenas manos porque te ofrecemos la seguridad y el respaldo que buscas a las mejores tasas.
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Beneficios
- Atractivas tasas de interés desde el primer día sin importar el monto del depósito.
- Sin monto mínimo de apertura.
- Cero costo de mantenimiento de cuenta.
- Retiros gratuitos ilimitados de tu saldo disponible en nuestras ventanillas.
- Acceso a la información de tu cuenta a través de nuestros canales de atención.
- Recibes una Tarjeta de Débito BANCO GNB Visa, con la que puedes realizar transacciones ilimitadas y sin costo.
- Depósitos cubiertos por el Fondo de Seguro de Depósitos. Consulta el Monto Máximo de Cobertura vigente en nuestra red de agencias o aquí .
- Transferencia de tu saldo disponible a tus cuentas a través de nuestra Banca por Internet.
¿Cómo Adquirirlo?
Requisitos:
- Original del Documento Oficial de Identidad, del (de los) titular (es) de la cuenta.
- Completar los documentos que el Banco solicite.
- Tu empleador nos tendrá que enviar una carta de instrucción indicando lo siguiente: Datos Personales: Apellidos y Nombres, Número de Documento Oficial de Identidad y moneda de la cuenta.
- En caso desees trasladar tu CTS a BANCO GNB, sólo necesitas tu Original del Documento Oficial de Identidad y llenar la solicitud de traslado. Una vez aperturada la cuenta, te solicitaremos completar documentos adicionales.
Solicitud de Traslados de CTS - (PDF) 613KB - Descargar
Para más información, acércate a cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la CTS?
- Son las siglas de Compensación por Tiempo de Servicios; es un beneficio social que por ley corresponde a todo trabajador dependiente, por el tiempo de servicio brindado a una empresa, el cual sirve como fondo previsor en caso de cese de la relación laboral.
¿El trabajador puede disponer libremente de su CTS?
- Según la reglamentación actual, el trabajador puede disponer de un porcentaje de los abonos semestrales realizados por su empleador (saldo disponible).
- Asimismo, conforme a la Ley 28461, el trabajador podrá disponer del 80% del total de la CTS, en forma excepcional y por única vez, para financiar la adquisición, construcción, mejoramiento de vivienda o adquisición de terreno, debiendo cumplir con los requisitos según cada caso.
¿La moneda de la cuenta CTS es la misma moneda que la del pago de haberes?
- No, el trabajador decide la moneda y el banco donde se abrirá su cuenta CTS.
¿Cuál es el procedimiento para el traslado de la CTS?
- El cliente interesado deberá solicitar a su empleador el traslado de su cuenta CTS a otro banco.
Documentos
- Tarifario - (PDF) 546KB - Descargar
- Tarifario Servicios Transversales - (PDF) 946KB - Descargar
- Solicitud de Traslado de CTS - (PDF) 119KB - Descargar
- Contrato - (PDF) 394KB - Descargar
- Cartilla de Información - (PDF) 1606KB - Descargar
- Fórmulas - (PDF) 378KB - Descargar
- Simulador - (XLSX) 34KB - Descargar
Banco GNB informa que, de acuerdo a la Ley 31143, Ley que protege de la usura a las consumidores de los servicios financieros (en adelante la “Ley”), la Circular Nº 0008-2021-BCRP, y el Oficio N° 21957-2021-SBS, se han establecido tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones de las empresas del sistema financiero en sus carteras de créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto (igual o menor a 2 Unidades Impositivas Tributarias) y créditos para las pequeñas y microempresas, así como modificar las tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones entre personas ajenas al sistema financiero, a partir del 10 de mayo de 2021. Asimismo, y de acuerdo a la Ley, a partir del 19 de marzo de 2021, las empresas del sistema financiero están prohibidas de realizar: el cobro de penalidades por incumplimiento de pago, comisión por endoso de póliza del seguro de desgravamen, comisión interplaza por retiro en cajeros automáticos, y la comisión de membresía de tarjeta de crédito deberá ser pactada previamente con el cliente. Las modificaciones antes mencionadas, así como otras adicionales, se encuentran en las normas al inicio citadas.