Cuentas
Cuenta Ahorro
Piensa en el futuro, ahorra en BANCO GNB.
Alternativa de ahorro en soles o dólares para personas que quieren ver crecer su dinero con total disponibilidad.
Beneficios
- Depósitos ilimitados sin costo en nuestras ventanillas.
- Total disponibilidad de tu dinero. Recibes una Tarjeta de Débito BANCO GNB Visa para realizar tus operaciones con total comodidad.
- Sin cobro de mantenimiento sin importar el saldo que tengas.
- Depósitos cubiertos por el Fondo de Seguro de Depósitos. Consulta el Monto Máximo de Cobertura vigente en nuestra red de agencias o aquí .
- Puedes abrir una cuenta individual o mancomunada
¿Cómo Adquirirlo?
Requisitos:
- El monto mínimo de apertura es S/1000 ó US$400.
- Original del Documento Oficial de Identidad, del (de los) titular(es) de la cuenta.
- Completar los documentos que el Banco solicite.
Para más información, acércate a cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional.
Preguntas Frecuentes
¿Gano intereses por los saldos disponibles en mi cuenta?
- Ganarás intereses desde el primer día, por los saldos disponibles en tu cuenta.
¿Cómo se calcula el interés en mi Cuenta de Ahorro?
- El interés se calcula diariamente y se acredita en forma mensual.
¿Qué documentos debo presentar para abrir una Cuenta de Ahorro?
- Sólo debes presentar el original de tu Documento Oficial de Identidad en cualquiera de nuestras agencias.
¿Por abrir una Cuenta de Ahorro me entregarán una Tarjeta de Débito BANCO GNB Visa?
- Con la apertura de tu cuenta te entregaremos una Tarjeta de Débito BANCO GNB Visa con la que podrás realizar consumos y disponer de tus fondos a través de la red de cajeros automáticos de la Red Unicard y Global Net en el Perú y VISA PLUS en el mundo.
Documentos
Banco GNB informa que, de acuerdo a la Ley 31143, Ley que protege de la usura a las consumidores de los servicios financieros (en adelante la “Ley”), la Circular Nº 0008-2021-BCRP, y el Oficio N° 21957-2021-SBS, se han establecido tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones de las empresas del sistema financiero en sus carteras de créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto (igual o menor a 2 Unidades Impositivas Tributarias) y créditos para las pequeñas y microempresas, así como modificar las tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones entre personas ajenas al sistema financiero, a partir del 10 de mayo de 2021. Asimismo, y de acuerdo a la Ley, a partir del 19 de marzo de 2021, las empresas del sistema financiero están prohibidas de realizar: el cobro de penalidades por incumplimiento de pago, comisión por endoso de póliza del seguro de desgravamen, comisión interplaza por retiro en cajeros automáticos, y la comisión de membresía de tarjeta de crédito deberá ser pactada previamente con el cliente. Las modificaciones antes mencionadas, así como otras adicionales, se encuentran en las normas al inicio citadas.