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Crédito Hipotecario

Crédito Hipotecario

Compra, amplía o remodela tu casa.

Ahora podrás comprar tu vivienda. El Crédito Hipotecario del BANCO GNB te ayuda a financiarlo en ambas monedas a un plazo de hasta 25 años.

  • Beneficios

    1. Financia la adquisición de tu casa.
    2. Te prestamos en soles hasta S/ 1,500,000 o en dólares hasta US$ 500,000 (el crédito está sujeto a evaluación).
    3. Amplía o remodela tu casa actual.
    4. Te ofrecemos créditos en soles y dólares.
    5. Financiamos hasta el 90% del valor del inmueble en soles y 85% en dólares.
    6. No te cobramos penalidades por pagos anticipados o cancelación total de la deuda.
    7. Puedes elegir pagar en 12 ó 14 cuotas al año.
    8. Tienes hasta 25 años para pagar.
    9. Contamos con los seguros más convenientes.
    10. Si el cliente desea puede presentar una póliza de otra compañía de seguros siempre y cuando esta póliza cuente con todos los requisitos y coberturas de la póliza ofrecida por BANCO GNB. Al presentar una póliza de otra compañía de seguros su revisión está sujeta a una comisión según el tarifario de BANCO GNB. (La comisión no aplica para el seguro desgravamen).

    * Sujeto a evaluación crediticia.

  • ¿Cómo Adquirirlo?

    1. Debes contar con un ingreso mínimo conyugal neto de S/ 1,800 o US$ 600
    2. Copia y original del Documento Oficial de Identidad, del solicitante y su cónyuge.
    3. Copia y original del último recibo de servicios cancelado (luz, agua o teléfono).
    4. Presentación de documentos que el Banco solicite.
    5. Dependientes
      1. Demostrar continuidad laboral mínima de 1 año.
      2. Presentar última boleta de pago para clientes con sueldo fijo y 3 últimas para clientes con sueldo fijo + variable.
    6. Independientes
      1. Firmar el Contrato de locación de servicios.
      2. Formulario de pagos mensuales del impuesto a la renta y/o recibos por honorarios profesionales de los últimos 3 meses.
      3. Declaración Jurada de Impuesto a la Renta de los 2 últimos años.
      4. Último certificado de retención de 4ta categoría.
      5. Autorización de exoneración de pagos de impuestos (de ser el caso).

    Requisitos para endosar el Seguro de Desgravamen

    1. Copia u original de la póliza completa a ser endosada (incluyendo condiciones generales, particulares y especiales).
    2. Endoso de cesión de derecho en original (Este documento te lo debe dar tu aseguradora y debe señalar que el correo designado por Banco GNB para comunicaciones es: p_endosos@bancognb.com.pe)
    3. Copia de comprobante de pago de la póliza del seguro.

    Importante: Si el seguro de desgravamen es mancomunado, ambos asegurados deben presentar su póliza de vida.

    La póliza de vida endosada debe tener:

    1. Suma asegurada: Debe ser como mínimo por el monto del préstamo y/o saldo insoluto.
    2. Cobertura: Debe contar con las coberturas del desgravamen que son:
      1. Muerte Natural
      2. Muerte Accidental
      3. Invalidez Total y Permanente por Accidente
      4. Invalidez Total y Permanente por Enfermedad.

    Procedimiento:

    1. Para iniciar el proceso de endoso acércate a cualquiera de nuestras agencias con los documentos solicitados. Ante cualquier consulta, podrás comunicarte al 616-4722.
    2. El responsable de la atención validará que se cumplan todos los requisitos.
    3. Una vez realizada la evaluación, Banco GNB cuenta con un plazo máximo de hasta 20 días (desde que presentó su documentación completa) para poder remitir comunicación en caso la solicitud de endoso sea rechazado.

    Requisitos para endosar el Seguro de Todo Riesgo:

    1. Copia u orginal de la póliza completa a ser endosada (incluyendo condiciones generales, particulares y especiales).
    2. Endoso de cesión de derechos en original (Este documento te lo debe dar tu aseguradora).
    3. Copia del comprobante de pago de la póliza del seguro, del 50% de la prima.
    4. Copia del comprobante del abono por concepto de revisión de póliza endosada. Puedes validar el costo de esta revisión en el TARIFARIO DEL CRÉDITO BANCA PERSONAS por cada producto.

    *Las condiciones de la cobertura del seguro todo riesgo están espedificadas en la póliza.
    ** La comisión por endoso de póliza no aplica para renovaciones.

    Recuerda: Deberás entregar esta documentación en cualquiera de nuestras agencias.


    * Sujeto a evaluación crediticia.

    Para más información, acércate a cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional.

  • Preguntas Frecuentes

    ¿Dónde puedo realizar el pago de mis cuotas?

    1. El pago de las cuotas puedes hacerlo en las Agencias de BANCO GNB, Agencias de Banco de la Nación y a través de nuestra Banca por Internet Personas o con cargo en cuenta vía transferencia interbancaria.

    ¿En qué consiste el Seguro de Desgravamen?

    1. El Seguro de Desgravamen es un seguro de vida que se activa en caso de fallecimiento o invalidez permanente del deudor o su cónyuge (de acuerdo a las condiciones contratadas).

    ¿En qué consiste el Seguro contra Todo Riesgo?

    1. El Seguro Contra Todo Riesgo, cubre la propiedad del asegurado entendido como tal a inmuebles destinados a casa habitación (excluyendo el valor del terreno), ubicados dentro del país.

    2. La cobertura del Seguro Contra Todo Riesgo cubre: Todo Riesgo de Incendio incluyendo daños y/o pérdidas derivadas de Riesgos de la Naturaleza, incluyendo gastos extraordinarios; riesgos Políticos: Huelgas y Conmoción Civil, Daño Malicioso, vandalismo y Terrorismo; rotura Accidental de Cristales; robo y/o Asalto para instalaciones fijas y acabados; responsabilidad Civil frente a Terceros; gastos extras y CAR (Seguro de Montaje) Seguro inmobiliario vigente por todo el plazo del préstamo. Ver el Seguro de Incendio Todo Riesgo.

    3. Es importante mencionar que la suma asegurada va a depender del tipo de inmueble: (i) si es un departamento, se considerará el valor Comercial (precio del departamento); y, (ii) si es una casa, se considerará el valor de reconstrucción.

    4. Para más información, revisa tu certificado en donde encontrarás más detalle.
  • Documentos

  • Simulador de Crédito Hipotecario

Banco GNB informa que, de acuerdo a la Ley 31143, Ley que protege de la usura a las consumidores de los servicios financieros (en adelante la “Ley”), la Circular Nº 0008-2021-BCRP, y el Oficio N° 21957-2021-SBS, se han establecido tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones de las empresas del sistema financiero en sus carteras de créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto (igual o menor a 2 Unidades Impositivas Tributarias) y créditos para las pequeñas y microempresas, así como modificar las tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones entre personas ajenas al sistema financiero, a partir del 10 de mayo de 2021. Asimismo, y de acuerdo a la Ley, a partir del 19 de marzo de 2021, las empresas del sistema financiero están prohibidas de realizar: el cobro de penalidades por incumplimiento de pago, comisión por endoso de póliza del seguro de desgravamen, comisión interplaza por retiro en cajeros automáticos, y la comisión de membresía de tarjeta de crédito deberá ser pactada previamente con el cliente. Las modificaciones antes mencionadas, así como otras adicionales, se encuentran en las normas al inicio citadas.