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Crédito Vehicular

Crédito Vehicular

No lo imagines, compra tu auto soñado.

El Crédito Vehicular de BANCO GNB te permitirá comprar un auto nuevo de las marcas más comerciales del mercado en el plazo y moneda que desees. Podrás pre-pagar tu préstamo en cualquier momento y sin cobro de comisión por dicho pago.

  • Beneficios

    1. Financiamos autos de las marcas más comerciales para uso particular.
    2. Para créditos hasta US $20.000:
      Te financiamos hasta 90% en soles y 85% en dólares.
    3. Para créditos mayores a US $20.000 hasta US $60.000:
      Te financiamos hasta 85% en soles y 80% en dólares.
    4. Te ofrecemos plazos máximos:
      1. 60 meses en soles.
      2. 48 meses en dólares.
    5. Puedes pagar cuotas dobles en julio y en diciembre.
    6. Contarás con los Seguros de Desgravamen y Vehicular (Contra Todo Riesgo).
    7. Puedes pre-pagar o cancelar tu crédito anticipadamente sin cobro de comisiones.
    8. Te ofrecemos cuotas fijas e iguales durante el periodo del préstamo.
    9. Podrás consolidar tus deudas en un sólo crédito.
    10. Si el cliente desea puede presentar una póliza de otra compañía de seguros siempre y cuando esta póliza cuente con todos los requisitos y coberturas de la póliza ofrecida por BANCO GNB. Al presentar una póliza de otra compañía de seguros su revisión está sujeta a una comisión según el tarifario de BANCO GNB. (La comisión no aplica para el seguro desgravamen).
  • ¿Cómo Adquirirlo?

    1. Debes contar con un ingreso mínimo conyugal neto de US$ 800.00
    2. Copia y original del Documento Oficial de Identidad del solicitante y su cónyuge.
    3. Copia y originales de recibos de servicios (luz, agua o teléfono).
    4. Presentación de documentos que el Banco solicite.
    5. Dependientes:
      1. Demostrar continuidad laboral mínima de 1 año.
      2. Última boleta de pago en caso de sueldo fijo y las 3 últimas para sueldo variable.
    6. Independientes:
      1. Contrato de locación de servicios.
      2. Formulario de pagos mensuales del impuesto a la renta y/o recibos por honorarios profesionales de los últimos 3 meses.
      3. Declaración Jurada de Impuesto a la Renta de los 2 últimos años.
      4. Último certificado de retención de 4ta categoría.

    Requisitos para endosar el Seguro de Desgravamen

    1. Copia u original de la póliza completa a ser endosada (incluyendo condiciones generales, particulares y especiales).
    2. Endoso de cesión de derecho en original (Este documento te lo debe dar tu aseguradora y debe señalar que el correo designado por Banco GNB para comunicaciones es: p_endosos@bancognb.com.pe)
    3. Copia del comprobante de pago de la póliza del seguro, por la cobertura de un año adelantado.

    Importante: Si el seguro de desgravamen es mancomunado, ambos asegurados deben presentar su póliza de vida.


    La póliza de vida endosada debe tener:

    1. Suma asegurada: Debe ser como mínimo por el monto del préstamo y/o saldo insoluto.
    2. Cobertura: Debe contar con las coberturas del desgravamen que son:
      1. Muerte Natural
      2. Muerte Accidental
      3. Invalidez Total y Permanente por Accidente
      4. Invalidez Total y Permanente por Enfermedad.

    Procedimiento:

    1. Para iniciar el proceso de endoso acércate a cualquiera de nuestras agencias con los documentos solicitados. Ante cualquier consulta, podrás comunicarte al 616-4722.
    2. El responsable de la atención validará que se cumplan todos los requisitos.
    3. Una vez realizada la evaluación, Banco GNB cuenta con un plazo máximo de hasta 20 días (desde que presentó su documentación completa) para poder remitir comunicación en caso la solicitud de endoso sea rechazado.

    Requisitos para endosar el Seguro de Todo Riesgo:

    1. Copia u orginal de la póliza completa a ser endosada (incluyendo condiciones generales, particulares y especiales).
    2. Endoso de cesión de derechos en original (Este documento te lo debe dar tu aseguradora).
    3. Copia del comprobante de pago de la póliza del seguro, del 50% de la prima.
    4. Copia del comprobante del abono por concepto de revisión de póliza endosada. Puedes validar el costo de esta revisión en el TARIFARIO DEL CRÉDITO BANCA PERSONAS por cada producto.

    *Las condiciones de la cobertura del seguro todo riesgo están espedificadas en la póliza.
    ** La comisión por endoso de póliza no aplica para renovaciones.

    Recuerda: Deberás entregar esta documentación en cualquiera de nuestras agencias.


    * Sujeto a evaluación crediticia.

    Para más información, acércate a cualquiera de nuestras agencias a nivel nacional.

  • Preguntas Frecuentes

    ¿Qué tipo de vehículos puedo financiar?

    1. Puedes financiar autos nuevos para uso particular, pudiendo ser: auto sedan, camionetas SW, camionetas 4x2 y camionetas 4x4.
    2. No financiamos autos usados ni de uso comercial.

    ¿Hay cobro de penalidades por pre-pagar o cancelar el crédito?

    1. No te cobramos ningún tipo de penalidad por pre-pagar o cancelar tu crédito.

    ¿Qué trámite debo realizar una vez aprobado mi crédito?

    1. Deberás contactarte con el Concesionario Automotriz para cancelar la cuota inicial y solicitar la separación del auto. Posteriormente serás contactado por nuestro Gestor Vehicular, quien te asesorará durante todo el proceso de desembolso.

    ¿Dónde puedo realizar el pago de mis cuotas?

    1. El pago de las cuotas puedes hacerlo en las Agencias de BANCO GNB, Agencias de Banco de la Nación y a través de nuestra Banca por Internet Personas o con cargo en cuenta vía transferencia interbancaria.

    ¿Cuáles son las fechas de pago?

    1. Tú eliges la fecha de pago que mas te acomode, puede ser los días 3 ó 18 de cada mes.
  • Documentos

 
 

Banco GNB informa que, de acuerdo a la Ley 31143, Ley que protege de la usura a las consumidores de los servicios financieros (en adelante la “Ley”), la Circular Nº 0008-2021-BCRP, y el Oficio N° 21957-2021-SBS, se han establecido tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones de las empresas del sistema financiero en sus carteras de créditos de consumo, créditos de consumo de bajo monto (igual o menor a 2 Unidades Impositivas Tributarias) y créditos para las pequeñas y microempresas, así como modificar las tasas máximas de interés convencional compensatorio y moratorio aplicables a las operaciones entre personas ajenas al sistema financiero, a partir del 10 de mayo de 2021. Asimismo, y de acuerdo a la Ley, a partir del 19 de marzo de 2021, las empresas del sistema financiero están prohibidas de realizar: el cobro de penalidades por incumplimiento de pago, comisión por endoso de póliza del seguro de desgravamen, comisión interplaza por retiro en cajeros automáticos, y la comisión de membresía de tarjeta de crédito deberá ser pactada previamente con el cliente. Las modificaciones antes mencionadas, así como otras adicionales, se encuentran en las normas al inicio citadas.